Estado de Querétaro
Este Atlas del Maltrato Animal cubre todas las acciones y regulaciones del Estado de Querétaro.
Sí
Existe el delito de maltro animal en su legislación.
Artículos 246-D BIS al 246 D SEXTUS.
Código Penal para el Estado de Querétaro
De 6 meses hasta 5 años de prisión y multa de 100 a 700 veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualizada y de 60 a 180 días de trabajo en favor de la comunidad
Sanciones mínima a máxima.
Ley de Protección Animal del Estado de Querétaro.
Ordenamiento jurídico sobre protección o bienestar animal.
No
Dentro de ese ordenamiento ¿Se define bienestar animal?
No
Dentro de ese ordenamiento ¿se define el maltrato animal o actos de crueldad?
Sí
Dentro de ese ordenamiento ¿se contemplan acciones o programas de educación o difusión sobre protección y/o prevención contra el maltrato animal?
Dependencias de gobierno involucradas en materia de protección y maltrato animal:
1. Secretaría de Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro.
2. Departamento Estatal de Protección de la Flora y Fauna.
3. Los Gobiernos Municipales.
Resumen normativo
El Código Penal de Querétaro establece el delito de maltrato en contra de los animales ya sean domésticos, silvestres o ferales, teniendo penas que llegan hasta los siete años y medio de prisión, siendo uno de los estados con las sanciones penales más altas. A diferencia de otros Estados el maltrato y crueldad se definen en el Código Penal y no en la Ley del Estado. Las sanciones se incrementan cuando se prolonga la agonía y el sufrimiento animal, sin embargo el legislador contradictoriamente decidió exceptuar a los toros, gallos y animales usados en charreadas justificando su uso debido a las tradiciones y costumbres arraigadas culturalmente en la población.
La Ley de Protección Animal establece las competencias para la Secretaría de Desarrollo Sustentable y los gobiernos municipales. También se establece un procedimiento de denuncia ciudadana, se otorgan facultades de inspección y vigilancia sobre su cumplimiento a los municipios y se establecen medidas de seguridad y sanciones administrativas en caso de violaciones a la misma, como apercibimiento, multa, arresto administrativo y decomiso.
En esta ley sólo se establecen acciones de difusión en materia de protección animal, conservación y respeto a la fauna silvestre, no indica la inclusión de dichos contenidos en programas de educación. Dicha difusión le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Sustentable y a los municipios.
Legislación en Querétaro
- Su Ley de Protección define bienestar animal
- Su Ley de Protección define maltrato y actos de crueldad
- Su Ley de Protección contempla acciones y programas educativos sobre respeto y prevención del maltrato animal
- Código Penal sanciona actos de zoofilia
- Código penal sanciona el abandono animal
- Código Penal sanciona la falta de bienestar animal
- Código Penal sanciona fotografiar o videograbar actos de crueldad y difundirlos
- Código Penal sanciona las peleas de perros
- Código Penal incluye a los animales silvestres en capítulo de maltrato
- Cuenta con dependencias de Gobierno Estatal con atribuciones en protección y maltrato
Dónde denunciar un caso de Maltrato Animal en Querétaro
Fiscalía General del Estado
Dirección: Lateral Autopista México Querétaro no. 2060, Col. Centro Sur, C.P. 76090 Querétaro, Qre.
Teléfono: 442 238 7600
Directorio de Unidades: https://fiscaliageneralqro.gob.mx/Conocenos/Unidades.html
IMPORTANTE:
Marca al teléfono para averiguar cuál es la agencia del ministerio público que corresponde y pedir la ubicación.
Cómo denunciar un caso de Maltrato Animal en México
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