Estado de Oaxaca

Este Atlas del Maltrato Animal cubre todas las acciones y regulaciones del Estado de Oaxaca.

Existe el delito de maltro animal en su legislación.

Artículos 419 y 419 Bis

Código Penal para el Estado de Oaxaca

De 3 meses a 5 años de prisión y multa de 100 a 2000 veces la Unidad de Medida y Actualización Vigente.

Sanciones mínima a máxima.

No cuenta con ordenamiento jurídico sobre protección o bienestar animal.

No

Dentro de ese ordenamiento ¿Se define bienestar animal?

No

Dentro de ese ordenamiento ¿se define el maltrato animal o actos de crueldad?

No

Dentro de ese ordenamiento ¿se contemplan acciones o programas de educación o difusión sobre protección y/o prevención contra el maltrato animal?

Dependencias de gobierno involucradas en materia de protección y maltrato animal:

No cuenta con ninguna dependencia.

Resumen normativo

En su marco normativo el Estado de Oaxaca solo cuenta con el delito de maltrato animal, estos se encuentran en el título vigésimo cuarto bajo el nombre de delitos cometidos contra la vida e integridad de los animales. 

El Código no hace diferencia de conceptos, establece un mínimo de tres meses a dos años de prisión y con multa de 100 a 1000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente cuando dolosamente se cause la muerte, sufrimiento, lesiones a un animal. 

También tipifica la peleas de perros y los actos relacionados a estas tales como la cría o entrene de perros para este fin, promoción e incluso se establece responsabilidad penal para quien acuda a este tipo de eventos, yendo la sanción hasta los cinco años de prisión. 

El estado de Oaxaca es junto con San Luis Potosí los únicos dos estados de la República que no cuentan con una Ley de protección o bienestar animal, por lo que el Ejecutivo del Estado se mantiene ajeno al tema hasta el momento y a falta de ley tampoco los gobiernos municipales pueden tener un lineamiento en cuanto a las atribuciones, facultades y políticas públicas que debiera haber. 

Legislación en Oaxaca

  • Su Ley de Protección define bienestar animal
  • Su Ley de Protección define maltrato y actos de crueldad
  • Su Ley de Protección contempla acciones y programas educativos sobre respeto y prevención del maltrato animal
  • Código Penal sanciona actos de zoofilia
  • Código penal sanciona el abandono animal
  • Código Penal sanciona la falta de bienestar animal
  • Código Penal sanciona fotografiar o videograbar actos de crueldad y difundirlos
  • Código Penal sanciona las peleas de perros
  • Código Penal incluye a los animales silvestres en capítulo de maltrato
  • Cuenta con dependencias de Gobierno Estatal con atribuciones en protección y maltrato

Dónde denunciar un caso de Maltrato Animal en Oaxaca

Fiscalía General del Estado

Dirección: Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial General Porfirio Díaz, Edificio Jesús "Chu" Rasgado y Álvaro Carrillo.
Teléfono: 5016900 ext. 20602, 
Correo: contacto.fiscalia@fge.oaxaca.gob.mx
Denuncia en línea: http://fge.oaxaca.gob.mx/index.php/pon-tu-denuncia

Recuerda que tendrás que presentarte a ratificar tu denuncia en la Agencia del Ministerio Público donde quedo radicada.

IMPORTANTE:
Marca al teléfono para averiguar cuál es la agencia del ministerio público que corresponde y pedir la ubicación.

Cómo denunciar un caso de Maltrato Animal en México

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