Estado de Hidalgo

Este Atlas del Maltrato Animal cubre todas las acciones y regulaciones del Estado de Hidalgo.

Existe el delito de maltro animal en su legislación.

Artículo 349

Código Penal para el Estado de Hidalgo

Desde 15 días hasta 2 años de prisión y multas desde 25 a 100 Unidades de Medida y Actualización.

Sanciones mínima a máxima.

Ley de Protección y Trato Digno para los Animales del Estado de Hidalgo

Ordenamiento jurídico sobre protección o bienestar animal.

Dentro de ese ordenamiento ¿Se define bienestar animal?

Dentro de ese ordenamiento ¿se define el maltrato animal o actos de crueldad?

Dentro de ese ordenamiento ¿se contemplan acciones o programas de educación o difusión sobre protección y/o prevención contra el maltrato animal?

Dependencias de gobierno involucradas en materia de protección y maltrato animal:

1. Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente
2. Secretaria de Medio Ambiente
3. Los Ayuntamientos del Estado

Resumen normativo

El Código Penal del Estado tipifica el maltrato como actos que siendo innecesarios dañan la salud, integridad física, instinto, desarrollo o crecimiento del animal. A su vez, las penalidades van de 15 días a 1 mes de prisión y multa de 25 a 50 Unidades de Medida por lesiones y de 1 mes a 6 meses de prisión y multa de 50 a 150 Unidades de Medida y Actualización cuando éstas causen la muerte, siendo de las sanciones más bajas en el país por este delito. Para el caso de la organización de peleas de perros la sanción alcanza su máximo a dos años de prisión 

El Estado cuenta con la Ley de Protección y Trato Digno para los Animales que tiene como objetivo proteger la fauna en general y asegurar las condiciones para el trato digno y respetuoso reconociendo a los animales como seres sintientes. La Ley da un catálogo de definiciones y establece los deberes que tienen tanto las autoridades del Estado como los habitantes hacia los animales. Distribuye las competencias entre la Procuraduría de Protección Ambiental, la Secretaría de  Medio Ambiente y los Ayuntamientos. Se enfoca al igual que el resto de las leyes de otros Estados en establecer reglas para el uso y trato de animales para comercializarlos, en el transporte, experimentación, trabajo, consumo y espectáculos.

La Ley es de las pocas que define no solo el bienestar animal, maltrato o crueldad, sino también el sufrimiento como el padecimiento o dolor causado por daño físico o psicológico a cualquier animal, sin embargo el legislador contradiciéndose en los principios de la propia Ley decidió exceptuar como actos de maltrato, crueldad y sufrimiento las corridas de toros, novillos, charreadas, peleas de gallos y similares. 

A la Secretaría del Medio Ambiente se le encomienda la elaboración de normas técnicas para garantizar el cumplimiento de la Ley. En cuanto a programas educativos la Ley en su artículo 8 señala que la autoridad competente en materia de educación en el Estado, en este caso la Secretaría de Educación se coordinará con la Secretaría del Medio Ambiente para el desarrollo de programas de educación en las instituciones de enseñanza básica, media y superior en materia de trato digno y respetuoso hacia los animales.

Legislación en Hidalgo

  • Su Ley de Protección define bienestar animal
  • Su Ley de Protección define maltrato y actos de crueldad
  • Su Ley de Protección contempla acciones y programas educativos sobre respeto y prevención del maltrato animal
  • Código Penal sanciona actos de zoofilia
  • Código penal sanciona el abandono animal
  • Código Penal sanciona la falta de bienestar animal
  • Código Penal sanciona fotografiar o videograbar actos de crueldad y difundirlos
  • Código Penal sanciona las peleas de perros
  • Código Penal incluye a los animales silvestres en capítulo de maltrato
  • Cuenta con dependencias de Gobierno Estatal con atribuciones en protección y maltrato

Dónde denunciar un caso de Maltrato Animal en Hidalgo

Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (PROESPA)

Dirección: Dr. Arnulfo G Farias 909, Doctores, 42090 Pachuca de Soto, Hgo.
Teléfono: 771 107 0057


Procuraduría General de Justicia del Estado

Dirección: Carretera México Pachuca km 84.5, Centro Cívico, Centro Cívico, 42083 Pachuca de Soto, Hgo.
Teléfono: 771 717 9000. Ext 9217

Requisitos y directorio: https://ruts.hidalgo.gob.mx/ver/876

IMPORTANTE:
Marca al teléfono para averiguar cuál es la agencia del ministerio público que corresponde y pedir la ubicación.

Cómo denunciar un caso de Maltrato Animal en México

Arturo Berlanga es abogado y Director de AnimaNaturalis en México. Nos explica en este vídeo cómo realizar una denuncia contra maltrato animal y qué tener en cuenta al momento de hacerlo. Leer más