Estado de Aguascalientes

Este Atlas del Maltrato Animal cubre todas las acciones y regulaciones del Estado de Aguascalientes.

Existe el delito de maltro animal en su legislación.

Artículo 191, fr. VI

Código Penal para el Estado de Aguascalientes

De 1 a 3 meses de prisión y multa de 10 a 50 unidades de medida, además del pago de reparación de daños y perjuicios.

Sanciones mínima a máxima.

Ley de Protección a los Animales para el Estado de Aguascalientes.

Ordenamiento jurídico sobre protección o bienestar animal.

Dentro de ese ordenamiento ¿Se define bienestar animal?

Dentro de ese ordenamiento ¿se define el maltrato animal o actos de crueldad?

Dentro de ese ordenamiento ¿se contemplan acciones o programas de educación o difusión sobre protección y/o prevención contra el maltrato animal?

Dependencias de gobierno involucradas en materia de protección y maltrato animal:

1. Secretaría de Sustentabilidad, Medio Ambiente y Aguas.
2. Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente del Estado.

Resumen normativo

La Ley de Protección a los Animales de esta entidad tiene definidos los ámbitos de competencia para la Secretaría de Sustentabilidad, Medio Ambiente y Agua, la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y la Subprocuraduría de Protección, Defensa y Bienestar de los Animales y los Ayuntamientos. En ella se asigna a los municipios competencias compartidas con la Secretaría, pero también se enumeran facultades específicas.

Se otorga la facultad a la Procuraduría y las instancias municipales para conocer de denuncias sobre la violación a las disposiciones de la ley o seguir de oficio hechos, actos y omisiones que la contravengan. Sin embargo, no se detalla un procedimiento específico, se remite a la Ley de Protección Ambiental para el Estado y a la Ley del Procedimiento Administrativo.

En la ley se establecen medidas de seguridad en caso de riesgo y sanciones administrativas, en caso de comprobarse violaciones a la ley, como amonestación, multa, clausura, arresto administrativo, decomiso, pago de gastos y acudir a una valoración psicológica.

Esta ley otorga a dicha Secretaría la facultad de promover información para generar una cultura de protección, responsabilidad, respeto y trato digno a los animales, así como el desarrollo de programas de educación en la materia. Los municipios están facultados para difundir las disposiciones de la ley e impulsar campañas de concientización sobre el trato digno y respetuoso a los animales.

El Código Penal reconoce el delito de maltrato animal, sin embargo, lo integra como parte del delito de atentados contra el equilibrio ecológico dolosos.

Sus penas son bajas, el máximo en prisión son 3 meses y es la legislación penal en materia de maltrato animal más reducida en cuanto a supuestos de conductas constitutivas de delito como los actos de zoofilia, peleas de perros, abandono y solo contemplando a los animales domésticos.

Legislación en Aguascalientes

  • Su Ley de Protección define bienestar animal
  • Su Ley de Protección define maltrato y actos de crueldad
  • Su Ley de Protección contempla acciones y programas educativos sobre respeto y prevención del maltrato animal
  • Código Penal sanciona actos de zoofilia
  • Código penal sanciona el abandono animal
  • Código Penal sanciona la falta de bienestar animal
  • Código Penal sanciona fotografiar o videograbar actos de crueldad y difundirlos
  • Código Penal sanciona las peleas de perros
  • Código Penal incluye a los animales silvestres en capítulo de maltrato
  • Cuenta con dependencias de Gobierno Estatal con atribuciones en protección y maltrato

Dónde denunciar un caso de Maltrato Animal en Aguascalientes

Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Subprocuraduría de Protección, Defensa y Bienestar de los Animales)

Web: https://www.aguascalientes.gob.mx/proespa/denuncia.html
Email: buzon.portal@aguascalientes.gob.mx

Existen dos tipos de denuncia:

  • Reporte ciudadano
  • Denuncia Ciudadana

Dirección: Av. Aguascalientes Sur # 2623, 2do. Piso Col. Jardines de las Fuentes, C.P. 20278
Teléfono: (449) 917 10 51


Fiscalía General del Estado

Dirección: Av. Héroe de Nacozari 201 Barrio de la Purísima, C.P. 20259 Aguascalientes, Ags.
Teléfono: 449 478 2800
Pre denuncia en línea: https://www.fiscalia-aguascalientes.gob.mx/predenuncia.aspx

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